Confiamos en los profesionales en momentos importantes: una operación, un tratamiento dental, una obra en casa, un juicio. Cuando un error o una negligencia causan un daño, la ley permite reclamar su reparación.
La mala praxis no es cualquier resultado no deseado: es un error que un profesional diligente no habría cometido. Por eso cada caso necesita un análisis técnico serio.
En el estudio contamos con el apoyo de un médico legista y de peritos que evalúan qué pasó y cuál fue el daño. Con esa base, le decimos con honestidad si su caso puede reclamarse y lo acompañamos en todo el proceso.
¿Contra quién puede reclamar?
- Médicos y odontólogos.
- Abogados.
- Ingenieros, arquitectos y maestros mayores de obra.
- Otros profesionales.
¿Qué se puede reclamar?
- Los gastos médicos y los tratamientos para reparar el daño.
- La incapacidad que haya quedado.
- El lucro cesante.
- El daño moral.
- El costo de rehacer un trabajo mal hecho.
Cómo lo acompañamos
Escucha
Nos cuenta qué pasó y reunimos la documentación.
Evaluación técnica
Nuestro médico legista, o el perito que corresponda, analiza el caso.
Diagnóstico honesto
Le decimos con claridad si hay fundamentos para reclamar.
Reclamo
Intentamos un acuerdo y, si no lo hay, iniciamos la demanda.
Documentación útil
- Historia clínica: puede pedirla al centro de salud donde lo atendieron.
- Contratos, presupuestos o facturas del profesional.
- Estudios y certificados posteriores.
- Fotos del daño o del trabajo mal hecho.
- Mensajes o comunicaciones con el profesional.
Si no tiene todo, no se preocupe: lo vemos juntos en la consulta.
Preguntas frecuentes
¿Todo mal resultado es mala praxis?
No. La mala praxis es un error o una negligencia que un profesional diligente no habría cometido. Por eso analizamos cada caso con apoyo técnico antes de reclamar.
¿Cómo consigo mi historia clínica?
Puede pedirla por escrito al centro de salud donde lo atendieron: es su derecho como paciente. Si tiene dificultades para obtenerla, lo ayudamos.
¿Puedo reclamar por un error de un abogado o de un arquitecto?
Sí. La responsabilidad profesional alcanza a abogados, ingenieros, arquitectos, maestros mayores de obra y otros profesionales.
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Información general. No reemplaza el asesoramiento sobre su caso concreto.